Actualmente para realizar el registro de una marca, además de revisar si hay una marca anterior, es necesario conocer el proceso de registro ante el IMPI y darle el adecuado seguimiento a la solicitud.
Incluye nombre y logotipo, envío de solicitud, actualización de estado y entrega de titulo.
Sigue nuestro hashtag: #LunesdeRegistro
Le preguntamos a nuestros clientes si nos recomendarían y
¿Qué seria lo más importante que deberían saber las personas al trabajar con nosotros?
Estas son algunas de sus respuestas:
Por supuesto que si. Profesionalismo, Seriedad y conocimiento.
Si los recomendaria, lo más importante seria la calidad del trabajo, la rapidez y la constante comunicación.
Que no hay que preocuparse por nada en el tiempo que queda registrada la marca... Ellos dan seguimiento y están ahí todo el tiempo para cualquier duda.
Claro que los recomendaría! Que son una empresa muy responsable y honesta.
Nuestro proceso de registro de Marca
Actualmente para realizar el registro de una marca, además de revisar si hay una marca anterior, es necesario conocer el proceso de registro ante el IMPI y darle el adecuado seguimiento a la solicitud.
Revisamos a profundidad la viabilidad del registro de tu marca analizando todos los impedimentos de registro que marca la ley.
Presentamos correctamente y a tu nombre la solicitud de marca ante el IMPI y te enviamos el acuse respectivo.
Nuestra oferta incluye:
Normalmente el trámite de registro de marca puede durar de 04 a 06 meses cuando no existe ningún impedimento. Sin embargo, cuando un oponente se presenta al trámite o la autoridad considera que se actualiza una causal de impedimento de registro, el tiempo de conclusión del proceso suele ser mas largo.
Dentro de los siguientes 10 días hábiles a la presentación de la solicitud, el Instituto la publicará en la Gaceta de la Propiedad Industrial, para que dentro del plazo improrrogable de un mes, cualquier tercero que tenga interés, se oponga a la solicitud de registro.
Al concluir el periodo anterior, el IMPI analiza de manera integral la solicitud, y puede emitir un oficio por los sigueintes motivos: a. Requisitos legales o reglamentarios; b) Impedimento para el registro de la marca; o c) Oposiciones en caso de que existan.
El solicitante cuenta con dos meses en plzo normal y hasta cuatro meses en plazo extemporaneo para contestarel oficio.
Transcurrido el plazo de contestación, en el caso de que exista un oponente a la solicitud, se pondrá a disposición de las partes el expediente para formular alegatos en los siguientes cinco días.
Al término de las etapas anteriores, el IMPI emitira, en su caso, el titulo de registro de marca o bien la resolución de negativa del registro. Una vez que ha otorgado el registro, se deberá realizar una declaración de uso, en los siguientes tres años.
o bien
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