[vc_row][vc_column][ra_banner style="default"][ra_section_title style="classic7" title="Trámite de Registro de Marca"]Conoce el trámite de registro de marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.[/ra_section_title][/ra_banner][vc_column_text]
Normalmente el trámite de registro de marca tiene una duración de entre 4 a 6 meses, durante este tiempo el IMPI realiza diferentes evaluaciones, sin embargo la duración del tramite de registro puede variar, de acuerdo a la existencia o no de oficios de forma y fondo, así como de la presentación de oponentes. A continuación te presentamos las tres principales etapas que componen el trámite de registro de marca ante el IMPI:
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Estudio de Forma
[/vc_column_text][vc_column_text]Este es el primer periodo del trámite de registro de marca, y durante el mismo el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial revisará que la solicitud de registro de marca cumpla con todos los requisitos que marca la Ley de la Propiedad Industrial, es decir, revisará que los datos asentados en la solicitud de registro de marca sean congruentes, también verificará que la marca este correctamente clasificada.[/vc_column_text][/vc_column_inner][vc_column_inner width="1/3"][vc_single_image image="4703" img_size="full" alignment="center"][/vc_column_inner][vc_column_inner][vc_column_text]En caso de que el examinador de forma del IMPI, encuentre que existe un error en el llenado de la solicitud de registro de marca, emitirá un oficio de requisitos donde le pedirá al solicitante que subsane el error,
En general, el solicitante del registro de marca puede contestar este oficio de requisitos en un plazo de hasta cuatro meses después de la notificación, salvo aquellos casos en que expresamente la Ley determina un plazo menor; en caso de que no realice la contestación, el IMPI tendrá por abandonado el trámite de registro de marca.[/vc_column_text][/vc_column_inner][/vc_row_inner][vc_row_inner][vc_column_inner][vc_column_text]
Periodo de oposición
[/vc_column_text][vc_column_text]10 días hábiles después del día en que se ingrese la solicitud de registro de marca, el IMPI realizará la publicación de la solicitud de registro de marca en la Gaceta de la Propiedad Industrial, esta publicación tiene el efecto de permitir que cualquier tercero, que se considere afectado por la solicitud de marca, pueda apersonarse al trámite y oponerse al registro de marca.
Para oponerse al registro de una marca, el afectado deberá presentar un escrito ante el IMPI, durante el plazo de un mes contado a partir del día siguiente en que se publico la solicitud de registro de marca en la Gaceta de la Propiedad Industrial; en el escrito de oposición el oponente, debe presentar los argumentos por los cuales el IMPI debe negar el registro de marca, junto con este escrito el oponente deberá presentar el comprobante del pago por los derechos de estudio de su oposición.
En caso de que durante el trámite de registro de la marca, se presente un oponente, el IMPI realizará una segunda publicación en la Gaceta de la Propiedad Industrial y dará oportunidad al solicitan en el plazo de un mes contado a partir de la publicación, para que defienda su solicitud. Para realizar esta defensa, el solicitante debe presentar ante el IMPI un escrito.
No obstante, si al concluir el periodo de oposición, no se presento oponente alguno, el trámite de registro de marca seguirá su curso normal, sin existir oficio alguno al respecto.[/vc_column_text][/vc_column_inner][/vc_row_inner][vc_row_inner][vc_column_inner][vc_column_text]
Estudio de Fondo
[/vc_column_text][vc_column_text]Una vez concluido el examen de forma y el periodo de oposición, el IMPI evaluara la solicitud de registro de marca y determinará si el signo distintivo que se solicita es susceptible de registro, es decir si no se actualiza los impedimentos de registro de marca contenidos en la ley y si es suficientemente distintiva.
En caso de que exista uno o mas oponentes, en este periodo el examinador del IMPI evaluara los argumentos vertidos en los escritos de oposición y de contestación de oposición.
Para realizar este estudio el IMPI cuenta con un plazo máximo de 6 meses. En resultado del trámite de registro de marca y de este estudio puede:
- Oficio de Impedimento. En este caso el examinador del IMPI determino que se actualiza un impedimento de registro para la marca, por lo que otorgará al solicitante la oportunidad de defender su solicitud de registro de marca, por medio de un escrito de contestación de impedimento. Para lo cual tendrá un plazo máximo de 4 meses, debiendo pagar derechos adicionales por el estudio de su contestación. Uno de los impedimentos mas comunes es que exista otra marca similar o parecida en grado de confusión, que haya sido solicitada o registrada antes de la presentación de la solicitud que se estudia y que proteja los mismos o similares productos o servicios.
- Titulo de registro de marca. Si la autoridad encontró que la marca cuenta con suficiente capacidad distintiva, otorgará emitirá el titulo de registro y la marca estará protegida por 10 años.
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